Solicitudes de Inscripción para Candidatos a Juez de Paz
Para inscribirle donde estén empadronados los padres
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
1.- Tramitación Se tramita en el Juzgado de Paz y requiere la presencia de los contrayentes Documentación a aportar:
Para casos de menores, viudedad, extranjeros y/o divorciados consultar el anexo.
2.- La boda se puede celebrar en:
3. Solicitud de fecha y hora
Si quiere casarse en el Juzgado de Paz (Sólo los Viernes) debe consultar con ellos día y hora.
En caso de preferir celebrar la boda en el Ayuntamiento es necesario dirigir un escrito a Alcaldía, al menos con un mes de anticipación. En el escrito debe constar:
Puede remitirlo por:
4. Precios (Ver ordenanza) Salón de Plenos 50 € (empadronados, con un mínimo de 1 año)- 100 € (no empadronados).
(Art. 5. Cuota tributaria.— La cuota tributaria del precio público regulada en esta ordenanza será la fijada en las tarifas relacionadas a continuación:
De lunes a viernes Las Tasas deberán abonarlas junto con la solicitud de la dependencia municipal a celebrar el matrimonio civil, mediante transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander 0030 1020 31 0870013271 en el que deben indicar el nombre, al menos, de uno de los contrayentes y Pago Tasa de Matrimonio (con fecha celebración del mismo), entregar el justificante en secretaría, o bien remitirlo por fax al Teléfono 918999082. La decoración del Salón de Plenos del Ayuntamiento, corre por cuenta de los contrayentes.
Para cualquier consulta, pueden contactar con el Ayuntamiento en el teléfono 91 8999012 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.
5.- Lugar de celebración:
Tanto si la ceremonia es por la Sra. Alcaldesa como por la Sra. Juez de Paz, el lugar de celebración será en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, debiendo abonar el precio público por la utilización privativa o el aprovechamiento especial de las dependencias municipales por la prestación de sus correspondientes servicios.
REGISTRO DE UNIONES DE HECHO Es un registro de carácter administrativo en el que podrán inscribirse las personas que convivan en pareja, de forma libre pública y notoria, vinculadas de forma estable al menos durante un periodo ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad, siempre que voluntariamente decidan someterse a la ley reguladora. Teléfono de información general 91 720 92 99
Inscripciones Para solicitar la inscripción se ha de pedir cita previa en el teléfono 91 720 92 99 El día de la cita comparecerán personal y conjuntamente los miembros de la unión de hecho en la C/ Gran Vía nº 18 planta baja.
En el Registro Civil de Santa María de la Alameda se inscriben las defunciones ocurridas en este municipio. Normalmente es el propio servicio de la funeraria el que se encarga de los trámites.
En caso de que sea un particular se necesita:
En el Registro se les entregará la licencia de enterramiento. En este último caso la licencia deberá ir firmada por Juez y Secretario. Cementerios Municipales:
Si quiere conocer las tasas del cementerio acceda a la ordenanza
Desde aquí puede acceder a realizar todos los trámites y gestiones personales del Ministerio de Justicia.
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
Plaza de la Constitución 1
Santa María de la Alameda
28296 Madrid